Lun. Mar 18th, 2024

¿Cuánto tiempo necesitan los fiscales para concluir la instrucción del expediente de fase preparatoria de estos tres cubanos?

Mientras el tema «Patria y Vida» se alzaba con los galardones a Canción del Año y Mejor Canción Urbana en la ceremonia de entrega de los Premios Grammy Latinos 2021, uno de sus cointérpretes y miembro del Movimiento San Isidro (MSI), Maykel Castillo «Osorbo», cumplía seis meses en prisión provisional sin que se le haya celebrado juicio. Sus compañeros del MSI Luis Manuel Otero Alcántara y Esteban Rodríguez llevan cuatro y siete meses respectivamente encarcelados bajo la misma medida cautelar sin que un tribunal los haya encontrado culpables.

Osorbo fue detenido el 18 de mayo. Su familia no conoció su paradero durante ocho días, por lo que Amnistía Internacional denunció una posible desaparición forzada. 

Está acusado de los supuestos delitos de «atentado, desacato y resistencia» por los sucesos del 4 de abril, cuando un grupo de vecinos frustró su arresto arbitrario por parte de agentes policiales.

Según el Artículo 107 de la vigente Ley de Procedimiento Penal, el término de la instrucción del expediente de fase preparatoria no debe exceder 60 días. Puede prorrogarse, justificadamente, por los jefes del Instructor. En estos casos, el término máximo para la terminación del expediente es de seis meses.

Excepcionalmente y previa solicitud razonada del correspondiente jefe provincial del Ministerio del Interior, o en su caso del fiscal jefe provincial, el fiscal general de la República «puede conceder un nuevo término para la conclusión de la instrucción del expediente de fase preparatoria».

Por tanto, no se puede afirmar que se ha violado el tiempo establecido para la fase investigativa. Lo que se está violando es el sentido común y por tanto se está afectando la presunción de inocencia del acusado.

¿Cuánto tiempo necesita la Fiscalía para reunir pruebas suficientes que demuestren la presunta culpabilidad de Osorbo? 

A finales de junio, en el documento en el que rechazó un cambio de medida cautelar solicitado por la abogada del artista, el fiscal Ramón Macías decía que «la investigación» estaba «prácticamente agotada». El propio documento confirmó que los cargos de «desórdenes públicos» y «evasión de presos o detenidos» fueron finalmente desestimados.

Han transcurrido casi cinco meses desde entonces. ¿Por qué no se ha celebrado el juicio contra el rapero?

La Fiscalía podría usar como justificación para retrasar el juicio la pandemia de Covid-19, que, a la vez que ha desnudado las carencias del publicitado sistema de salud cubano, ha servido de pretexto para cercenar (más) las libertades de los ciudadanos, encarcelar a disidentes y posponer a conveniencia la aprobación de leyes.

Pero desde finales de septiembre, las autoridades comenzaron a flexibilizar las medidas anti Covid-19. El 15 de noviembre reabrieron las fronteras del país y se reinició el curso escolar. Además, la pandemia no  ha detenido los juicios los manifestantes del 11J. ¿Qué impide celebrar el juicio contra Maykel Osorbo o que se archive la causa y se le ponga en libertad?

Por otra parte, el MSI denunció a finales de octubre que la Seguridad del Estado había condicionado al destierro la excarcelación de Osorbo. Este accionar, totalmente distinto al que se emplea con delincuentes comunes, demuestra que el rapero contestario es un prisionero político del régimen.

Por antilope

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